Categoría: Riesgo Fiscal
Autor: Virginia Koyama
Acto de contrición fiscal
El término contrición tiene su origen en el vocablo latino contritio y alude al arrepentimiento que experimentamos cuando reconocemos que actuamos o hicimos algo de forma indebida. En términos religiosos pareciera algo no muy complejo de identificar, sin embargo en el contexto fiscal de las disposiciones de la ley mexicana, los contribuyentes podríamos vivir de pecado en pecado, sin darnos cuenta.
Y es así como después de que un requerimiento, llega a nuestro buzón fiscal como un rayo fiscalizador del cielo; y nos pone ante una situación que debemos aclarar, para no tener consecuencias; nos preguntamos seriamente cuáles son esas acciones indebidas que debemos evitar, aclarar o notificar ante el SAT, antes de tener que pagar una penitencia patrimonial en nuestra empresa o peor aún, enfrentar una posible privación de nuestra libertad.
A continuación, te describimos algunas de ellas:
- No verificar tu buzón tributario: la autoridad fiscal podría asumir que tu correo electrónico es falso y pudiera cancelar tus sellos o certificados de sello digital ¿te imaginas lo que significa para tu negocio que no puedas facturar y cobrar debido a esta confusión?
- Emitir facturas para un amigo: todos tenemos uno, que se ha acercado a pedir este favor, al no estar dado de alta. Sin embargo, esta buena acción puede tener repercusiones para ti, ya que si facturas un concepto con una clave producto- servicio que no pertenece al giro con el que te diste de alta, la autoridad pudiera creer que eres un EFO (empresa que factura operaciones simuladas). ¡Los EFOs son los factureros que persigue el SAT por oficio!
- Hacer o haber hecho una compra a una empresa boletinada en la lista negra del SAT: seguimos hablando de los factureros y se clasifican en presuntos, definitivos, desvirtuados y con sentencia favorable ¿Sabes identificarlos y que en algunos casos, debes presentar declaraciones complementarias o materializar operaciones?
- Hacer facturas en moneda extranjera y que “ellos tengan otros datos” sobre la paridad cambiaria: hace unas semanas supimos del caso de una empresa, que sumando centavo a centavo por diferencias en el tipo de cambio, se hizo acreedora a una auditoría ¿te imaginas lo que le pudo implicar, identificar las diferencias por cada factura a lo largo de 3 años?
- No tener la certeza de la vigencia de tus facturas emitidas y recibidas: recuerda que hace un tiempo se legisló la cancelación de facturas con permiso del receptor, esto ha ocasionado incongruencias ¿estás seguro de que todas tus facturas contabilizadas y declaradas están vigentes conforme a lo que el SAT tiene?
Cumplir los mandamientos del SAT, no es una tarea sencilla. Por eso, la mejor recomendación es que tú o tu contador, cuenten con una solución tecnológica que les ayude a descargar los mismos datos y comprobantes que tiene la autoridad fiscal, los compare con la información que tienen en tu ERP o sistema administrativo, identifiques diferencias o incongruencias y hagas tu propio acto de contrición o corrección, antes de que ellos se den cuenta. Conoce más sobre bFiskur® en www.bfiskur.com y solicita una demostración a:
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